Departamento en venta, 2 ambientes en Belgrano, entrega octubre 2027
Aguilar al 2400, 2 ambientes de pozo en Belgrano, Capital Federal, Capital Federal
DepartamentoTipo
1Dormitorios
1Baños
2Ambientes
41 m²Área Cubierta
0 añosAntigüedad
SOrientación
Características
ParrillaBalcón / TerrazaAscensor
Condiciones del Inmueble
Acepta mascotas
Descripción
En el corazón de Belgrano, Aguilar al 2400 (entre Ciudad del Paz y Cabildo), con excelente conectividad a medios de transportes y zona comercial, gastronómica. CONSULTA POR OTRAS UNIDADES DISPONIBLES. 2 ambientes al frente en primer piso (consulta por otras unidades más altas disponibles). Living comedor con salida al balcón, cocina integrada, 1 baño completo y 1 dormitorio con placard. Piso vinilo, carpinteria de aluminio doble vidrio, anafe eléctrico, AA frío calor instalado, muebles de cocina, baño completo. Cerradura eléctronica. Partes comunes en terraza, jacuzzi, solarium, parrilla, loundry. Forma de pago, 40% al boleto y 20 cuotas más CAC. Entrega octubre 2027. Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones CABA - CUCICBA Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión LEY 5859 ART. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.