Con un lote de 318,75 m² (15 m x 21,25 m) en zona Rgm2:
1. Cantidad de viviendas permitidas
El indicador establece 1 vivienda cada 100 m² de parcela.
318,75 ÷ 100 = 3,18
Por lo tanto, en principio serían factibles 3 unidades funcionales.
2. Superficie ocupable en planta baja (FOS 0,60)
318,75 × 0,60 = 191,25 m²
Podrías ocupar hasta aproximadamente 191 m² en planta baja.
3. Superficie total construible (FOT)
Si aplica:
FOT 1,00 (morfología cerrada):
318,75 × 1 = 318,75 m²
FOT 1,20 (morfología abierta):
318,75 × 1,20 = 382,50 m²
Es decir, podrías desarrollar entre 318 y 382 m² cubiertos totales, según la morfología que apruebe el municipio.
4. Altura máxima
Morfología cerrada: 12 m (planta baja + 3 pisos)
Morfología abierta: 15 m (planta baja + 4 pisos)
Por las dimensiones del lote (15 m de frente), normalmente se estudia la posibilidad de hacer un pequeño edificio de departamentos o dúplex, sujeto a los retiros y demás exigencias municipales.
5. ¿Qué podría hacerse en la práctica?
Algunas alternativas serían:
3 dúplex de aproximadamente 100 a 120 m² cada uno.
3 departamentos amplios.
4 departamentos más compactos, aunque habría que verificar si la limitación de "1 vivienda cada 100 m²" admite alguna excepción mediante propiedad horizontal o régimen especial.
Un pequeño edificio de dos o tres niveles con cochera y espacios comunes, sujeto a aprobación municipal.
Se recomienda que la presente situación sea evaluada por un profesional competente en la materia, cuyo criterio técnico será el que prevalezca para su adecuada valoración."