Yerbal 0 Departamento 4 Ambientes Venta Balcón, Capital Federal
Yerbal 78, Capital Federal, Argentina
DepartamentoTipo
3Dormitorios
2Baños
4Ambientes
80 m²Área Cubierta
30 añosAntigüedad
SEOrientación
Características
Balcón / TerrazaCalefacciónLavadero
Condiciones del Inmueble
Apto crédito
Descripción
Espectacular 4 Ambientes con Suite y Balcón en lo mejor de Caballito
Ubicado en una de las zonas más buscadas y conectadas de Caballito, este departamento destaca por su excelente distribución, luminosidad y detalles de categoría que lo hacen único. Una propiedad ideal para familias que buscan comodidad y calidad de vida.
Características Principales:
Distribución Perfecta: Amplio living-comedor con salida directa al balcón, ideal para disfrutar de una vista despejada al contrafrente.
Dormitorios: 3 habitaciones espaciosas con pisos de madera natural. El dormitorio principal es en Suite, brindando total privacidad y confort.
Baños: 2 baños completos (uno en suite).
Cocina Independiente: Muy cómoda, con excelente capacidad de guardado y ventilación natural.
Lavadero Separado: Espacio independiente para mayor funcionalidad.
Climatización: Sistema de calefacción por radiadores con regulación individual mediante caldera dual (encargada también del agua caliente).
Superficies:
Superficie Cubierta: 80,41 m²
Semicubierta y Balcón: 4,66 m²
Superficie Total: 85,05 m²
Ubicación y Conectividad:
Situado sobre la calle Yerbal al 100, a metros de las principales vías de acceso y con una conectividad inmejorable:
Subte: A pasos de la estación RÍO DE JANEIRO (Línea A).
Colectivos: Amplia red de líneas (2, 5, 8, 15, 26, 65, 84, 85, 86, 88, 103, 104, 119, 132).
Entorno: Un barrio consolidado con oferta gastronómica, colegios y centros comerciales.
Estado del Edificio: Construcción sólida, muy bien mantenida.
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VREMONT Treus
Matricula CUCICBA 6830
Corredor Inmobiliario: Matias Treus Peciar.
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-En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial.
-Ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.
-Ley 5859 - Art. 4: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
-Ley 5115 – Art. 1: El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas. (Salvo que en la descripción figure lo contrario)
-Se deja constancia que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.