Esmeralda al 700
alquilerNuevo

Alquiler Temporal Amueblado a Cuadras del Obelisco, Capital Federal

Esmeralda al 700, Capital Federal, Argentina

DepartamentoTipo
1Dormitorios
1Baños
1Ambientes
23 m²Área Cubierta
51 añosAntigüedad
EOrientación

Características

SeguridadAire AcondicionadoAscensorCalefacción

Condiciones del Alquiler

Amoblado

Descripción

ALQUILER TEMPORARIO AMOBLADO – MICROCENTRO | ESMERALDA 740 Moderno y luminoso departamento monoambiente totalmente amoblado, ubicado en una de las zonas más estratégicas de la Ciudad de Buenos Aires, sobre Esmeralda al 740, a pocos metros del Obelisco, la Avenida Corrientes y los principales atractivos turísticos y comerciales de la ciudad. La unidad está equipada para una estadía cómoda y funcional, contando con cama matrimonial, mesa con dos sillas, TV, cocina eléctrica totalmente equipada y amplios espacios de guardado. Además, dispone de conexión WiFi de alta velocidad de 600 Mb, ideal para home office, trabajo remoto o videollamadas. Gracias a sus ventanas con vidrios polarizados, ofrece mayor privacidad y confort durante todo el día. Su excelente ubicación permite acceder fácilmente a múltiples líneas de transporte público, restaurantes, cafés, teatros y centros comerciales. Ideal para profesionales, estudiantes o viajeros que buscan comodidad, conectividad y una ubicación privilegiada en el corazón de Buenos Aires. Los gastos están cubiertos hasta el monto de 25 dólares, si hay un exceso en la factura se cobrara el excedente. REQUISITOS DE ALQUILER: • Contrato de 1 a 6 meses. • Valor expresado en dólares estadounidenses billete. • 1 mes de alquiler por adelantado. • Depósito de garantía: USD 1.000 (reembolsable al finalizar el contrato). • Seguro de caución o pago anticipado de la totalidad del contrato. __ “El Señor bendecirá tu morada.” - La Biblia Te desea Verardi Propiedades Matricula CUCICBA Nº8604 - Francisco Verardi Todas las propiedades publicadas están a cargo del profesional matriculado, la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él. Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas. Ley 5859, Art. 4°, se deja constancia que “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al 4,15% del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias. Las medidas consignadas en la publicación son aproximadas, las reales surgirán del título de propiedad y no comprometen contractualmente a nuestra empresa. Los gastos y valores de expensas expresados se deben a la última información recabada y deberán confirmarse. Fotografías no vinculantes ni contractuales. Con el objetivo de mantener una colaboración equitativa y clara en nuestros procesos, les informamos que compartiremos con ustedes las mismas condiciones de honorarios que ofrece la otra inmobiliaria. Específicamente, compartiremos la operacion a aquellos colegas que realicen la consulta, acompañen a sus clientes en las visitas a las propiedades y participen activamente en todas las instancias posteriores que involucran la venta de la propiedad.

Ubicación

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